La Audiencia Nacional confirma los 29 procesamientos y considera "perfectamente acreditado" que el explosivo usado en el 11-M fue Goma-2 Eco
25-09-06 - EFE - Vocento/VMT - Europa Press
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó hoy los recursos presentados por la mayoría de los procesados por la matanza del 11-M porque considera que la instrucción realizada por el juez Juan del Olmo reúne indicios suficientes para que todos ellos, 29 en total, se sienten en el banquillo de los acusados y sean juzgados por su presunta participación, en distintos grados, de la mayor masacre terrorista ocurrida en Europa, que considera obra exclusiva de una célula islamita local seguidora de las directrices de Al Qaeda.
Las resoluciones, dictadas por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, confirman en todos sus extremos el auto de procesamiento emitido por Del Olmo, en mayo pasado, contra 29 de los 116 imputados en el sumario y, al tiempo, inician la cuenta atrás para la celebración del juicio, que tiene previstas sus primeras sesiones para el próximo mes de febrero, en el pabellón de alta seguridad de la Casa de Campo.
La Sala de lo Penal espera poder ratificar la conclusión del sumario del 11-M en las próximas semanas antes de marcar un férreo turno al fiscal, al abogado del Estado, a los 29 letrados de la defensa y a las más de 20 acusaciones particulares personadas en el sumario para que entreguen los correspondientes escritos de acusación, con imputación concreta de delitos y petición de penas, que es el último paso antes de poder fijar la fecha del juicio.
Fuentes judiciales indicaron que el tribunal quiere acabar las vistas entre junio y julio del año próximo, para poder dictar sentencia en noviembre de 2007 y evitar así la excarcelación de alguno de los 21 procesados que permanecen presos por agotamiento de los cuatro años en prisión preventiva, el máximo legal.
Los miembros de la Sección Cuarta, en autos individualizados para cada uno de los recursos, analizaron hoy de forma individual y detallada las alegaciones de los recurrentes -tres procesados no impugnaron los cargos presentados contra ellos por el juez- y rechazaron tanto las presuntas violaciones de derechos durante el proceso -indefensiones- como la pretendida falta de indicios del juez para sostener las acusaciones.
'Goma 2' ECO
La sala ratifica que la voladura de los cuatro trenes de cercanías, que causó 191 muertes y heridas a casi 1.800 personas, fue cometida por una célula salafista local vinculada al Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM), que es la principal franquicia de Al Qaeda en Europa. Los escritos, como ya hizo el juez instructor, descartan la participación de ETA en la masacre, corroboran que el explosivo utilizado fue 'goma 2' del tipo ECO, robado en la asturiana Mina Conchita, y confirman que la célula islamista y los atentados se financiaron de manera fundamental gracias al tráfico de drogas. El tribunal desprecia el 'ruido' externo que ha rodeado la investigación en las últimas semanas, y al hijo de uno de los alegados del asturiano Antonio Toro Castro, aprovecha para criticar ciertas manifestaciones que 'al tener su origen en declaraciones efectuadas fuera del ámbito policial y judicial no merecen el menor crédito'.
Sobre los explosivos que se utilizaron en los atentados, sobre los que defensas como los del confidente Rafa Zouhier plantearon dudas, la Audiencia Nacional es categórica al afirmar que la cuestión "figura perfectamente acreditada en los dos autos recurridos, la sustancia explosiva utilizada provenía de Mina Conchita y respondía a la denominación de Goma 2 Eco".
Así lo dice la sala en el auto que confirma el procesamiento de Zouhier, de quien dice que puso en relación "a los procesados asturianos -proveedores de explosivos- con quienes estaban interesados en su adquisición, a cambio de droga o de dinero, y en este segundo grupo no cabe la menor duda de que se encontraba tanto el fallecido Jamal Ahmidan como varios de los procesados árabes".
Entre esos "proveedores" de explosivos figura el ex minero José Emilio Suárez Trashorras, el acusado a quien se imputa un mayor número de delitos y del que el tribunal afirma que "existe constancia de reuniones" entre éste y Jamal Ahmidan, "El Chino", en las que se trató del transporte de explosivos desde Asturias a Madrid.
También se sentarán en el banquillo como miembros de la denominada "trama asturiana" Antonio Toro, Carmen Toro, Sergio Alvarez, Emilio Llano, Javier González Díaz y Raúl González Peláez.
Idénticas acusaciones
La sala mantiene invariables las imputaciones delictivas que realizó Del Olmo y señala que si alguna de las partes quiere endurecer o dulcificar el trato penal a los procesados ya cuenta para ello con el instrumento del escrito de acusación previo al juicio. La fiscal y varias de las acusaciones particulares han anunciado que, de cara al juicio, elevarán a la calidad de autores materiales de los atentados a varios procesados más y que solicitarán pertenencia a banda armada y no sólo colaboración para otros.
Del Olmo sólo acusó a dos de los 29 procesados como autores materiales de la colocación de las bombas en los trenes: a Jamal Zougam y a Abdelmajid Bouchar. La razón es que el resto del núcleo central del comando estaba formado por los siete terroristas que se suicidaron en Leganés, por alguno de los cuatro islamistas huidos y por otros delincuentes aún sin identificar.
A Zougam y Bouchar les imputa 191 asesinatos y 1.811 asesinatos frustrados y pertenencia a banda armada, además de cuatro delitos de estragos terroristas, uno por tren. Las mismas acusaciones, pero en grado de conspiración, y un delito de pertenencia a banda armada las dirige contra los líderes 'yihadistas' que presuntamente promovieron los atentados: los jefes europeos del GICM Hassan el Haski y Youssef Belhadj, y el líder fundamentalista Rabei Osman el Sayed, 'Mohamed el Egipcio'.
El procesado que más acusaciones suma, pese a todo, es el ex minero asturiano José Emilio Suárez Trashorras que, a los delitos de los anteriores, añade los correspondientes al suicidio del comando en Leganés, en cuya inmolación murió un policía nacional y 18 más salvaron la vida de milagro. El juez entiende que Suárez Trashorras, que es la persona que vendió a los terroristas la dinamita para cometer ambos atentados, es autor como cooperador necesario de todas las imputaciones. La fiscal podría pedir para él más de 35.000 años de cárcel.
Otros siete de los procesados están acusados de pertenencia a banda armada y el resto de colaboración con organización terrorista y de otra serie de delitos menores como tráfico de drogas o transporte de explisivos. Se trata de los islamistas que formaron parte de la infraestructura y de la red de adoctrinamiento y apoyo a la célula terrorista, y de los asturianos que, con Suárez Trashorras a al cabeza, formaron parte de la red de tráfico de dinamita y estupefacientes.
De "El Egipcio" se dice que tras la masacre "realizó comentarios a las personas de su entorno radical islamista que versaban sobre los atentados de Madrid, sobre el grupo que intervino y personas integrantes del mismo", mientras que de Belhadj se afirma que estaba "íntimamente implicado" en la difusión de la yihad, "hasta el punto de que se le ha atribuido ser Abu Dajana, portavoz de Al Qaeda".
A Hassan El Haski, en cuyo domicilio se encontró ácido bórico que empleaba para matar cucarachas, se le considera "alto jefe" del Grupo Islámico Combatiente Marroquí, al que se atribuye el 11-M, y se asegura que uno de los miembros de esta organización "reconoció haberle oído confesar que el atentado lo había cometido su grupo, mostrándose, por ello, orgulloso".
No procesa a Bin Laden
Por último, la Audiencia Nacional rechazó hoy procesar a Osama Bin Laden por un delito de amenazas graves en relación con los atentados de Madrid, tal y como había solicitado uno de los imputados en la causa.
La petición fue planteada por Mohamed Al Hadi Chedadi, detenido una semana después de las explosiones en los trenes pero que finalmente no fue procesado, y del que la sala dice que "es obvio que carece de personalidad para plantear el recurso, al no verse afectado por la resolución judicial dictada".
Críticas al juez
No obstante, el tribunal critica duramente, en varias de las resoluciones dictadas hoy (una por cada procesado), el auto de procesamiento dictado por Del Olmo, que considera 'extralimitado y desmesurado', y entiende que el juez 'excedió' la 'labor judicial' que 'debía constituir el contenido' de la resolución.
Así, entiende que el auto contribuyó 'al lógico confusionismo' que denunciaron varias de las defensas, puesto que, 'en gran parte', el auto 'resultaba casi una transcripción literal de muchas diligencias de investigación, de orden policial y judicial practicadas en el curso de una complicada instrucción'.
A pesar de ello, el tribunal matiza que la resolución incluía los indicios racionales existentes contra los diversos procesados, y que en un auto posterior en el que desestimaba los recursos de reforma interpuestos por las defensas, esa 'relativa confusión quedó plenamente disipada', ya que Del Olmo realizó entonces la 'tarea de concreción y simplificación necesaria'.
La Audiencia desmonta las sospechas del PP al afirmar que el 11-M se hizo con Goma 2
26-09-06 - José Yoldi (EL PAÍS)
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional afirmó ayer que la sustancia explosiva utilizada en los atentados del 11-M "provenía de Mina Conchita y respondía a la denominación de Goma 2 Eco". Esa afirmación desmonta la teoría conspirativa que apoya el PP respecto a que no se conoce ni el tipo de dinamita que se utilizó en los atentados de los trenes ni su procedencia. El Tribunal, que confirmó el auto de procesamiento de los 29 imputados por los atentados de los trenes de la muerte, destacó que tanto el origen como la identificación de los explosivos "figura perfectamente acreditada" en los autos.
El tribunal -presidido por Fernando Bermúdez de la Fuente, e integrado por Carmen Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel Rivero- rechazó todos los recursos contra el auto de procesamiento dictado por el juez Juan del Olmo, incluido el presentado por la fiscal Olga Sánchez, que pretendía que se procesase a Basel Ghalyoun como autor material. La fiscal consideraba que éste había sido reconocido fotográficamente como uno de los terroristas que colocaron bombas en los trenes, pero que luego no había podido ser reconocido en rueda de reconocimiento de presos porque había cambiado notablemente su fisonomía, puesto que había engordado mucho y se había cortado el pelo al cero.
El tribunal, sin embargo, no ha admitido el recurso de la fiscal por entender que en este momento lo que procede es decidir si existen indicios racionales de que Ghalyoun cometió un delito por el que deberá ser juzgado, como así es, y no cuál es la calificación jurídica que correspondería a los hechos. Ésta deberá ser precisada en los escritos de calificación provisional por parte de las acusaciones. Es decir, que la fiscal podrá acusar en su momento a Ghalyoun como autor de los atentados, sin que sea necesario modificar el auto de procesamiento.
El tribunal, a pesar de confirmar los 29 procesamientos dictados por el juez Del Olmo, censura duramente las deficiencias del mismo en varios de los autos dictados. Así, en el de Rafa Zouhier se destaca que "el auto de procesamiento dictado [por Del Olmo] no se corresponde con un resumen fundado de los hechos ocurridos y su respectiva imputación a cada uno de los procesados, atendiendo a las diligencias de investigación practicadas, pues, en su extensa redacción, se mezclan una serie de datos absolutamente dispares como son la secuencia del propio atentado al que se describe con total minuciosidad, inclusión de informes policiales íntegros, interminables listas de llamadas telefónicas y otros datos que apenas tienen relación con la implicación de los ahora procesados en el atentado, todo ello, unido a una escasa motivación con respecto a la concreta imputación delictiva de cada uno de los diversos procesados".
No obstante, esos defectos, para el tribunal, aparecen subsanados en el auto posterior por el que el propio magistrado resolvió la reforma y confirmó los procesamientos iniciales. "Las deficiencias", puntualiza el tribunal, "deben atemperarse" debido a "la propia complejidad de la causa, (...) la gran dificultad de su instrucción, (...) el gran número de partícipes y su relación interna, o (...) la propia barbarie del atentado en sí con su enorme cantidad de muertes y lesionados".
"Dando por supuesto lo anterior, no puede desconocerse que todas esas objeciones han sido notablemente superadas en el auto que resuelve el recurso de reforma, donde, con mucha mayor precisión, aparecen las implicaciones materiales de cada uno de los procesados y su conexión con el resto, ya sea a través de las conversaciones telefónicas, documentación intervenida, huellas analizadas o declaraciones testificales o de otros coimputados que permiten obtener suficientes datos indiciarios" sobre la ejecución de los atentados.
Además, ayer se proporcionó a los letrados una copia digitalizada del sumario y se les informó del calendario aproximado: hacia el 15 de noviembre se producirá la apertura del juicio oral o la revocación del sumario. Antes de Navidad deberán estar presentados los escritos de calificación jurídica tanto por las acusaciones como por las defensas. El juicio se iniciará a principios de febrero de 2007 en las dependencias de la Casa de Campo y durará hasta agosto como mucho. La sentencia se hará pública en octubre o noviembre.
Los vínculos de la célula con jefes islamistas
El auto de procesamiento del juez Juan del Olmo sobre los atentados del 11-M considera a Rabei Osman, El Egipcio, Hassan el Haski y Youssef Belhadj conspiradores para un delito de terrorismo.
En el auto de la Sala de lo Penal conocido ayer se confirman estos tres procesamientos y se desestiman los recursos de apelación de las defensas de los tres islamistas.
Hassan el Haski. Los magistrados consideran acreditado que Hassan el Haski era uno de los líderes del Grupo Islámico Combatiente Marroquí cuando se produjo la matanza de los trenes. Hassan el Haski "animaba a quienes pertenecían a su grupo a cometer atentados contra quien había atacado su pueblo, premiando con el paraíso a quienes se inmolaran en tal misión", según el auto judicial.
Youssef Belhadj. "El procesado fue detenido el 19-3-2004 en Bélgica, donde residía en el mismo domicilio que su hermano Mimoun Belhadj, sito en la plaza Duquesa de Brabant de Molenbeek. Allí se desplazaron, a finales de noviembre y a principios de diciembre de 2003, sucesivamente, Abdelmajid Bouchar [procesado como autor material del 11-M] y Mohamed Afalah, a quienes habían conocido a través de los sobrinos de los primeros, llamados Brahim y Mohamed Moussaten (...). Existe constancia de la venida del procesado recurrente a Madrid en febrero de 2004, donde mantuvo contactos personales y telefónicos con Abdelmajid Bouchar, Mohamed Afalah y sus sobrinos Brahim y Mohamed, Moussaten, adoctrinándoles sobre la yihad islámica, habiéndose marchado de España, de forma precipitada, según uno de sus sobrinos, el 3-3-2004 en un vuelo de la compañía Virgin".
Rabei Osman, El Egipcio. "La investigación de Italia destapó que El Egipcio realizó comentarios a las personas de su entorno radical islamista que versaban sobre los atentados de Madrid, sobre el grupo que intervino y personas integrantes del mismo (...). Sus relaciones con otros procesados y presuntos implicados en los atentados, así como el conocimiento que sobre los atentados tenía y la asunción de los mismos como algo favorable a la causa yihadista... evidencian los mencionados indicios racionales, que se dan por reproducidos y se asumen plenamente por la Sala".
Las tarjetas de Zougam y las huellas de Bouchar
Jamal Zougam y Abdelmajid Bouchar serán las dos únicas personas que se sienten en el banquillo del juicio del 11-M acusadas de ser autores materiales de los 191 asesinatos por los atentados de los trenes.
En los autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se rechazan los recursos de apelación presentados por las defensas de Zougam y Bouchar confirmando que los indicios encontrados durante la investigación judicial son suficientes para atribuir a ambos su participación directa en la matanza de Madrid.
Respecto a Zougam, los magistrados de la Audiencia Nacional sostienen que han quedado suficientemente acreditados sus contactos con miembros de la célula islamista que atentó en Madrid -entre ellos con Allekema Lamari; Serhane, El Tunecino, y Jamal Ahmidan, El Chino-. Además, recuerdan que la tienda que regentaba Zougam vendió a los terroristas del 11-M hasta 30 tarjetas para teléfonos móviles, de las que al menos 14 ha quedado acreditado que se utilizaron por parte de los miembros del comando islamista, bien para montar las bombas o bien para sus propias comunicaciones. El auto no hace referencia a que dos testigos que viajaban en los trenes el día del atentado vieron a Jamal Zougam y lo reconocieron una vez preso en dos ruedas de reconocimiento.
En el caso de Bouchar, los magistrados recuerdan también sus contactos con algunos de los participantes en la matanza que se suicidaron en el piso de Leganés; la presencia de sus huellas en alguno de los escenarios en los que estuvieron los terroristas (la vivienda de Leganés donde se produjo el suicidio de siete de ellos o en la casa de Chinchón donde se montaron las bombas) y la declaración de un testigo que, al igual que en el caso de Zougam, le vio en los trenes de la muerte de los que supuestamente bajó en una estación anterior a la que se produjeron las explosiones. Ese testigo se ratificó en su apreciación en una rueda de reconocimiento posterior.
Por último, el auto que rechaza la apelación de Bouchar señala que uno de los policías que vigilaban la casa de Leganés donde estaban los suicidas vio a Bouchar arrojar una bolsa al contenedor de basura y huir corriendo al presentir que lo seguían.
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