La Asociación 11-M Afectados pide la condena de Carmen y Antonio Toro
30-06-08 - Europa Press
El fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas defendió hoy ante el Tribunal Supremo la condena por un delito de integración en organización terrorista de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', quien resultó absuelto en el juicio por los atentados del 11-M celebrado en la Audiencia Nacional al tenerse en cuenta que ya ha sido condenado por este mismo delito en Italia. Navajas destacó que la condena italiana aún debe ser confirmada por el Supremo de dicho país, y que esta falta de firmeza obliga a la jurisdicción española a imponerle una pena de prisión.
La petición del fiscal se produjo durante la primera sesión de la vista por los 31 recursos presentados contra la sentencia dictada por la Audicencia Nacional el pasado 30 de octubre, y a ella se ha adherido la Abogacía del Estado. A diferencia de lo solicitado por la Fiscalía en primera instancia (se pidieron más de 38.000 años a 'El Egipcio' por causar las víctimas de Madrid), Navajas solicitó para este condenado una pena "dentro del baremo" establecido para el delito de integración terrorista, que va de los 6 a los 10 años de prisión.
A lo largo de su intervención ante la Sala de lo Penal del Supremo, presidida por el magistrado Juan Saavedra, el fiscal Navajas dijo respecto a los condenados por la Audiencia que "son todos los que están pero en modo alguno están todos los que son".
Reconoció que puede decírsele que el recurso de la Fiscalía respecto a El Sayed carece de eficacia porque "va a ser condenado con seguridad en Italia", si bien ello no es óbice para que se pida una pena en España porque no debe olvidarse que este procesado "es miembro de una célula terrorista que pretende derrotar regímenes democráticos y elimitar la cultura occidental, sustituyéndola por un régimen islamista radical".
Respecto a la impugación de su recurso por parte del abogado de 'El Egipcio', el fiscal Navajas defendió que el principio 'non bis in idem' significa que una persona no puede ser condenada dos veces por el mismo delito, si bien "desde el punto de vista legal, normativo y jurisprudencial" esto no quiere decir que no pueda ser, imputado, juzgado y condenado en nuestro país mientras se carezca de firmeza en lo que respecta a la condena italiana.
MÁS DUREZA CONTRA 'EL EGIPCIO'
En este punto el que fue más allá fue el abogado Antonio Segura, en representación de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, presidida por Pilar Manjón. Para este letrado, Rabei Osman debería ser condenado no sólo por el delito genérico de terrorismo, sino por los 191 muertos y 1.856 heridos que causaron los atentados, ya que la célula islamista que 'El Egipcio' fundó en Madrid nada tiene que ver con la que aglutinó en Milán, dirigida a enviar 'mujaidines' a Irak, que son los hechos por los que fue condenado en el país transalpino.
"En la sentencia italiana, los atentados de Madrid se citan como ejemplo, no como motivo para condenar -afirmó el abogado-. El 11-M fue juzgado en Madrid y debe juzgarse en Madrid, donde Rabei Osman formó parte de otra célula" diferente a la que fundó en Milán. De otro modo, según Segura, podría darse la grave circunstancia de que 'El Egipcio' pudiera resultar finalmente absuelto pese a que dos jurisdicciones, la española y la italiana, consideren probado que es un peligroso terrorista.
Esta parte también solicitó la condena de los absueltos de la denominada 'trama asturiana' de suministro de explosivos Antonio y Carmen Toro, y que se condene igualmente como 'inductores' de la masacre a los considerados por la Audiencia simplemente integrantes de la célula Youseff Belhadj, Mohamed Larbi Ben Sellam, Fouad El Morabit y Hassam el Haski; mientras que respecto a Abdelmajid Bouchar (quien huyó del piso de Leganés, en Madrid, antes del asalto de los Geos, el 3 de abril de 2004), solicitan que sea considerado autor material de los hechos al igual que los siete terroristas que se inmolaron en dicho piso. La Audiencia sólo condenó a este último por integración y tenencia de explosivos.
Aunque Navajas no lo expuso durante su intervención, la Fiscalía también solicita otras dos modificaciones de corte menor en apoyo de las defensas de Hamid Ahmidan (condenado a 23 años de cárcel por pertenencia a banda armada, para que se elimine la multa que le fue impuesta por tráfico de drogas) y Hassan el Haski (acusado de ser uno de los instigadores y finalmente condenado a 15 años de cárcel por terrorista, para que se le rebaje uno de ellos, que supera el máximo legal para dicha conducta).
ZOUHIER Y LOS TORO
También intervino durante la sesión de hoy el abogado Antonio García, en representación particular de la propia Pilar Manjón y otras víctimas, quien argumentó ante la Sala su petición para que Rafa Zouhier (condenado a 10 años por suministro de explosivos) lo sea también omo cooperador necesario en los hechos.
Argumentó este letrado que Zouhier, que era confidente de la Guardia Civil, conocía las ideas extremistas del responsable de la célula Jamal Ahmidan (muerto en Leganés), así como su obsesión con el uso de teléfonos móviles para confeccionar explosivos, pese a lo cual le ayudó a proveerse de explosivos. De igual modo, esta parte impugna la absolución de Toro y de su hermana y ex mujer del 'cabecilla' de la trama asturiana de suministro de explosivos, Emilio Suárez Trashorras.
La vista comenzó con la impugnación, por parte de la Asociación de Víctimas del 11-M, de la absolución de Carmen Toro, ex mujer del ex minero asturiano Emilio Suárez Trashorras, quien facilitó los explosivos a los terroristas. La razón es que la abogada de esta mujer se encuentra en avanzado estado de gestación, por lo que tras defender a su patrocinada fue dispensada por el tribunal de seguir acudiendo a las sesiones, que se extenderán durante mañana y tarde.
Durante la sesión de hoy también participaron el representante de la Asociación de Ayuda a las víctimas del 11-M José María de Pablo, que únicamente ha recurrido el capítulo de indemnizaciones, entre ellas las de los vecinos de Leganés (Madrid) que se vieron perjudicados por la explosión del piso donde se alojaban los terroristas y de seis inmigrantes sin papeles que fueron rechazados como vícitmas por la Audiencia Nacional.
Los abogados de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) Juan Carlos Rodríguez Segura y Emilio Murcia, que representas a víctimas particulares, ya que la asociación no impugnó la sentencia de la Audiencia Nacional. Solicitan también un incremento de las indemnizaciones.
DEFENSAS DE ZOUHIER, ZOUGHAM Y TRASHORRAS
En la sesión vespertina de la primera de las vistas que celebra la Sala de lo Penal para analizar los 31 recursos de casación presentados contra la sentencia, el abogado de Rafa Zouhier, Antonio Alberca, defendió que el tribunal de instancia no acreditó que su cliente supiera que el ex minero José Emilio Suárez Trashorras hubiera suministrado explosivos al líder de la célula islamista Jamal Ahmidan, 'El Chino', ni que hubiese organizado una reunión entre ellos.
La defensa del ex confidente de la Guardia Civil Rafa Zouhier, condenado a diez años por suministrar explosivos a la célula islamista que cometió los atentados del 11-M, solicitó hoy al Tribunal Supremo que le aplique el mismo criterio que empleó la Audiencia Nacional para absolver a los hermanos Carmen y Antonio Toro, al considerar que tienen imputaciones similares.
El abogado de Jamal Zougam, condenado a 42.917 años como autor material de la masacre, defendió la ausencia de pruebas de cargo contra su cliente por las "contradicciones" en que, a su juicio, incurrieron los testigos protegidos que aseguraron verle en los trenes de Atocha. Asimismo, señaló que el tribunal obvió los testimonios que justificaban su coartada, entre ellos el de su madre, a la que se impidió comparecer en la fase de instrucción, y el de un hermanastro.
El letrado Eduardo García Peña defendió durante su exposición que no existe ninguna prueba que relacione a Zougam con los explosivos utilizados en los atentados, con la casa de Morata de Tajuña en la que se prepararon o con la Renault Kangoo en la que fueron traslados hasta la estación de Cercanías de Alcalá de Henares. De igual modo, indicó de dos hermanos del líder de la célula islamista Jamal Ahmidan, 'El Chino', aseguraron que éste "no tenía nada que ver con los atentados".
La defensa del ex minero José Emilio Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años y seis meses, centró su exposición en rebatir la tesis del tribunal de que su cliente fue "cooperador necesario de los atentados" al suministrar a 'El Chino' la dinamita que se utilizó en los trenes, que había sustraído de la explotación asturiana Mina Conchita.
En este sentido, el letrado Claudio Turiel argumentó que su cliente no pudo actuar como cooperador necesario porque, según la sentencia, la dinamita "estaba al alcance de cualquiera" y él "era sustituible". A ello añadió que el tribunal entendió que "todo o parte del explosivo provino de Mina Conchita", de lo que dedujo que "pudo haber otro proveedor".
Tras poner de manifiesto la "esquizofrenia" que sufre el ex minero, destacó la "colaboración" que mantuvo en todo momento con el Cuerpo Nacional de Policía, lo que le llevó el 12 de marzo de 2004, un día después de los atentados, a comunicar al comisario de Avilés Manuel García Rodríguez, 'Manolón', que los autores de los atentados habían sido "los amigos de Rafa". Según Turiel, su condición de "confidente" le impidió actuar en los hechos con "dolo eventual".
La Sala, presidida por el magistrado Juan Saavedra, también escuchó los recursos de casación planteados por las representaciones legales de Otman El Gnaoui, condenado a 42.919 años de cárcel como autor material de la masacre; Fouad Morabit y Mouhannad Almallah Dabbas, a los que se impusieron doce años de prisión por integración en organización terrorista; y Hamid Ahmidan, condenado a 23 años de prisión por colaboración con banda armada y tráfico de drogas.
30/6/08
El fiscal pide al Supremo que condene a Rabei Osman 'Mohamed El Egipcio' por el 11-M
El Supremo ve desde hoy los 29 recursos de casación contra la sentencia del 11-M
Ocho acusaciones, la fiscalía y 22 defensas reclaman aumentos en las penas
30-06-08 - J. M. L. / J. Y. (EL PAÍS)
La Sala Penal del Tribunal Supremo inicia a partir de hoy la vista de los 31 recursos de casación interpuestos por el fiscal, ocho acusaciones y 22 defensas contra la sentencia del 11-M, que condenó a los principales autores de los atentados de los trenes de la muerte en los que fueron asesinadas 191 personas y casi 2.000 resultaron heridas.
La Sala Penal del Tribunal Supremo inicia a partir de hoy la vista de los 31 recursos de casación interpuestos por el fiscal, ocho acusaciones y 22 defensas contra la sentencia del 11-M, que condenó a los principales autores de los atentados de los trenes de la muerte en los que fueron asesinadas 191 personas y casi 2.000 resultaron heridas. La sentencia de la Audiencia Nacional, que exoneró a algunos de los principales acusados y causó una fuerte decepción entre las asociaciones de víctimas, será supervisada a partir de hoy y durante cuatro o cinco jornadas por una sala de cinco magistrados y emitirá un pronunciamiento en firme sobre los 21 condenados y los ocho absueltos.
El tribunal estará integrado por el presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Miguel Colmenero, este último encargado de redactar la sentencia. Un tribunal equilibrado en el aspecto ideológico, con dos magistrados progresistas, dos conservadores y un presidente que ha procurado ejercer su mandato con imparcialidad.
A diferencia de otros países, la instancia de casación en España no prevé un segundo juicio en el que se cuestionen todas las pruebas estudiadas en la primera vista, sino que tiene un cauce muy delimitado en el que sólo cabe impugnar cuestiones de fondo y de forma. Ante el Supremo no comparecen los condenados, sino sólo sus abogados, que exponen por orden los motivos de casación y contestan a los de las demás partes procesales.
Serán, pues, varios días de discursos jurídicos de altura, sin los acicates del juicio a los ocupantes del banquillo que fue retransmitido a todo el mundo. En esta ocasión no habrá cobertura televisada, y sólo se permitirá captar imágenes el primer día, al inicio de las sesiones. No obstante, la vista será grabada y televisada en circuito cerrado para los medios de comunicación.
La sentencia del 11-M condenó a tres de los 29 procesados -Jamal Zougam, José Emilio Suárez Trashorras y Otman el Gnaoui- a penas superiores a los 40.000 años de cárcel como autores del atentado. Los tres supuestos inductores -Rabei Osman (Mohamed el Egipcio), Hassan el Haski, Youssef Belhadj-, para los que la fiscalía pedía condenas similares, fueron absueltos de esos delitos, si bien El Haski y Belhadj fueron condenados por pertenencia a banda terrorista, mientras que El Egipcio resultó absuelto por haber sido condenado en Italia por el mismo delito, aunque la sentencia todavía no es firme.
La fiscalía estará representada por Luis Navajas, apoyado por Antonio del Moral y Jaime Moreno. La fiscalía hace una defensa a ultranza de la sentencia de la Audiencia Nacional y sólo apoya parcialmente los recursos que coinciden con el suyo en pedir la condena de El Egipcio.
El fiscal ha presentado un informe de 466 folios en el que defiende los argumentos de la sentencia y apoya un par de correcciones técnicas para los condenados Hamid Ahmidan y Hassan el Haski. Sobre las indemnizaciones a las víctimas fijadas por la Audiencia Nacional, ciertamente generosas, el fiscal señala que "superan, con mucho, en casi todos los supuestos" el baremo de la Ley sobre Responsabilidad Civil. Pese a ello, corrige los módulos indemnizatorios para siete de las víctimas.
El Egipcio, según el fiscal, fue absuelto indebidamente porque la Audiencia Nacional le aplicó la sentencia de un tribunal de Milán que le había condenado por un delito equivalente al de pertenencia a banda armada. Sin embargo, el fiscal impugna los recursos de los que le consideran autor de asesinatos y estragos: "Que una persona avistara en los primeros días del mes de marzo al procesado en Morata de Tajuña o que en una conversación telefónica éste dijera que estuvo en el mes tres en España no constituyen de ningún modo prueba de cargo de su participación". El fiscal pide 10 años de prisión para El Egipcio.
El fiscal sostiene también que la condena de Abdelmajid Bou-char, alias El Gamo, el yihadista que huyó a la carrera del piso de Leganés donde se suicidaron siete de los principales autores de los atentados, fue "razonable". Bouchar fue condenado a 18 años de prisión de los 38.950 que le pidió la fiscal Olga Sánchez, pero fue absuelto de los homicidios y estragos terroristas.
La decisión de no reclamar la totalidad de la pena fue muy polémica, hasta el punto de que la junta de fiscales del Tribunal Supremo votó esa decisión por un estrecho margen de nueve a siete. Sin embargo, para el fiscal del Supremo, en el caso de Bouchar no existen pruebas convincentes de que realizara "actos objetivos de ejecución de los atentados" después de que una de las testigos que iba en uno de los trenes de la muerte el 11 de marzo y que supuestamente le había identificado rectificó en la vista oral.
Respecto al confidente Rafá Zouhier, el fiscal afirma que no conocía, "ni siquiera en términos generales, la acción criminal concreta que iban a llevar aquallos a quienes facilita el acceso a la dinamita". Se alinea así con la sentencia que le impuso sólo 10 años de prisión.
El abogado del Estado no recurre porque el Estado no ha sido condenado y la sentencia ya reconoce el derecho de la Administración a perseguir a los condenados por las indemnizaciones a las víctimas que ya ha adelantado. Todos los condenados han recurrido el fallo, como también lo ha hecho el absuelto Rabei Osman, Mohamed el Egipcio.
Fiscalía y cuatro acusaciones particulares recurren la absolución de El Egipcio
P.M./S,S. (ABC)
El Tribunal Supremo ve, a partir de hoy y durante tres días en sesiones de mañana y tarde, los 29 recursos de casación -presentados por seis acusaciones y 22 defensas- a la sentencia del 11-M, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional. Con la premisa de que los hechos probados por el Tribunal que presidió Javier Gómez Bermúdez son intocables -no está en cuestión, por tanto, que se trató del brutal ataque de una célula islamista-, la principal incógnita es conocer si el TS condenará finalmente a «El Egipcio», por el peor atentado de la historia de España, tal como piden la Fiscalía y cuatro acusaciones particulares.
Como se sabe, Rabei Osman fue absuelto por la Audiencia Nacional a pesar de considerar probada su pertenencia, junto con los ocupantes del piso de Leganés (que se suicidaron al verse acorralados por la Policía) a «células o grupos terroristas de tipo yihadista que (...) mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano occidental sustituyéndolos por un estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria».
Sin embargo, la Audiencia Nacional le absolvió por entender que debía beneficiarse del principio «non bis in idem», principio según el cual nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo delito. Y ello porque «El Egipcio» ha sido juzgado y condenado en Italia por pertenencia a organización terrorista antes de que comenzara en Madrid el juicio por el 11-M.
No obstante, la Fiscalía y cuatro acusaciones particulares consideran que no se le puede absolver por el principio de la cosa juzgada, ya que esa sentencia de Italia no es firme. Además, citan el tratado de Schengen, que permite la acumulación de sanciones impuestas en diferentes países y, por lo tanto, la posibilidad de juzgar a una persona por segunda vez y por los mismos hechos. La condición que impone es computar la primera pena a la hora de cumplir la segunda.
La Fiscalía, sin embargo, no apoya otros recursos presentados por las acusaciones particulares, en buena medida porque los hechos que declara probados la sentencia de la Audiencia Nacional son inamovibles salvo que sean irrazonables, lo que evidentemente no se produce en este caso.
Así, algunas acusaciones particulares piden que se condene a los hermanos Antonio y Carmen Toro, que mantenían una estrecha relación con el ex minero José Emilio Suárez Trashorras. Este individuo, condenado como cooperador necesario del 11-M, fue quien facilitó los explosivos de la matanza a Jamal Ahmidan, jefe de la célula de Madrid. Pues bien, la sentencia consideró que los hermanos no tuvieron «participación activa» en la preparación de los atentados. De Antonio, dice que se limitó a poner en contacto a «el Chino» y a Trashorras. La Asociación que preside Pilar Manjón considera a los hermanos cooperadores necesarios.
En cuanto a Rafa Zouhier, condenado a diez años por colaboración con banda armada y tráfico de explosivos, también son varias las acusaciones que han pedido que se le considere cooperador necesario. Sin embargo, el fiscal considera que no hay base probatoria para atribuirle esa condición puesto que «no consta que conociera, siquiera en términos generales, la acción concreta que iban a llevar a cabo los destinatarios del explosivo». Su papel, por tanto, se habría limitado a la intermediación en la venta de la dinamita.
En cuanto a Abdelmajid Bouchar, que huyó a la carrera del piso de Leganés y alertó a sus compañeros de célula de que estaban rodeados por la Policía, y que fue condenado a 18 años, la Fiscalía considera que habrían sido necesarias pruebas más contundentes para acreditar su participación en la colocación de las bombas. No piensa lo mismo la asociación que preside Pilar Manjón, que lo considera autor material de los atentados.
En cuanto a Hassan el Haski, el fiscal rechaza que se le impute el atentado pese a su condición de dirigente del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM). Para la Fiscalía esa circunstancia «no le hace responsable de forma automática de todos los atentados cometidos por los miembros de la banda», y habría que demostrar que hubo contacto directo entre el dirigente y el ejecutor.
En cuanto a Youssef Belhadj, considerado inductor durante la instrucción del sumario y finalmente condenado como simple miembro de banda armada y no como dirigente, la Fiscalía considera que no hay pruebas de esa inducción. Otras acusaciones, por su parte, consideran que al menos este individuo debe ser condenado como dirigente.
Lo mismo sucede con Fouad el Morabit, condenado por pertenencia y al que la acusación ejercida por la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo considera como dirigente.
Hay que destacar que la AVT no presentó ni un solo recurso de casación y que Ayuda a las Víctimas del 11-M sólo recurrió algunas de las indemnizaciones concedidas a familiares de fallecidos o heridos y aquellos casos de víctimas que la Sección Segunda no ha reconocido como tales. Primero durante la instrucción, y luego ya en el juicio, estas dos asociaciones defendieron con nulo éxito las llamadas teorías alternativas, que defendían la presencia de ETA en los atentados.
29/6/08
El Supremo inicia mañana la vista de casación sobre los 31 recursos presentados
29-06-08 - EFE
Ocho meses después de que la Audiencia Nacional condenara a veintiuno de los veintiocho procesados por los atentados del 11-M a penas de entre 3 años y 42.924 años, el Tribunal Supremo (TS) comenzará a celebrar a partir de mañana la vista de los recursos contra la sentencia.
Contra la resolución judicial que la sección segunda de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional dictó el 31 de octubre de 2007, que absolvió a 7 de los procesados, han presentado recurso el Ministerio Fiscal, las asociaciones 11-M Afectados por el Terrorismo y de Ayuda a las Víctimas del 11-M, varias víctimas particulares y los 21 condenados.
La sentencia recurrida condenó, tras el juicio celebrado entre el 15 de febrero y el 2 de julio del año pasado, a Jamal Zougam y a Otman El Gnaoui como autores de 191 asesinatos consumados, 1.856 asesinatos en grado de tentativa y cuatro delitos de estragos terroristas, mientras que absolvió, entre otros, a Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed el Egipcio'.
La primera sesión comenzará a partir de las 10:30 horas de mañana y el representante del Ministerio Público será el primero en intervenir, quien solicitará a la sala de lo penal del alto tribunal que condene a 'Mohamed el Egipcio' a 10 años de prisión por el delito de pertenencia a organización terrorista del que fue absuelto.
El fiscal defenderá que el tribunal que presidió Javier Gómez Bermúdez 'aplicó indebidamente' el criterio de cosa juzgada -no condenar dos veces por el mismo delito- para absolver a Osman El Sayed, quien ha sido condenado en Italia a 8 años de cárcel por el delito de integración.
Además pedirá que se estimen parcialmente los recursos de Hamid Ahmidan y Hassan El Haski y que suprima una multa de 4 millones de euros impuesta al primero y rebaje en un año la condena del segundo (de 15 a 14 años de cárcel).
Por su parte, la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo que preside Pilar Manjón impugnará ante el alto tribunal las condenas de 5 de los 28 acusados y la absolución de otros 3.
En concreto, ha recurrido las absoluciones de 'Mohamed El Egipcio' y las de Antonio y Carmen María Toro, a los que se les imputaron los delitos de asociación ilícita y tráfico de explosivos.
También pide que se aumenten las condenas de Rafá Zouhier, al que la Audiencia Nacional le impuso una pena de 10 años de prisión; Hassan El Haski, de 15; Youssef Belhadj, de 12; Fouad El Morabit, también de 12, y Abdelmajid Bouchar, de 18.
La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que preside Angeles Domínguez, sólo ha recurrido la parte correspondiente a las indemnizaciones que el tribunal concedió a las víctimas, ya que consideran que algunas cuantías no son suficientes.
La acusación popular ejercida por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) no ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional ya que, 'sopesando todos los extremos', la acató 'en líneas generales'.
El tribunal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que verá los recursos durante esta semana está presidida por Juan Saavedra e integrada además por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela.
27/6/08
Cospedal mantiene aun hoy viva la teoría de la conspiración: "seguimos sin saber los autores intelectuales... y materiales algunos"
La sucesora de Acebes ya señalaba en junio de 2006 que sentía “una frustración tremenda” al no poder conocer la “verdad” de los antentados. “Es una absoluta vergüenza, cómo no vamos a saber lo que pasó”, “en cualquier país civilizado estaríamos en la calle pidiendo que continuasen las investigaciones"
27-06-07
Nuevamente, en una entrevista concedida a la COPE, María Dolores de Cospedal, nueva Secretaría General del PP y sucesora en el cargo de Ángel Acebes, se ha reafirmado al señalar que no se conoce la autoría del 11-M y que el PP seguirá la doctrina conspiranóica del "queremos saber la verdad" frente a la realidad judicial que ya ha descartado cualquier autoría no yihadista.
A continuación sus palabras:
"Nosotros con relación al tema del 11 de marzo, que yo en su día viví muy de cerca - el 11-M ocupaba la subsecretaría del Ministerio del Interior - Lo que queremos es que se sepa absolutamente toda la verdad. Hemos tenido un juicio, un juicio sobre los autores materiales, y un juicio en que la sentencia dice que no queda probado que las personas acusadas como autores intelectuales lo fueran. Eso es así y es así de claro y es así de meridiano, por lo tanto, parece que seguimos sin saber los autores intelectuales. Y yo creo que... y materiales algunos, efectivamente.
Por lo tanto, yo creo, que los españoles tenemos derecho a conocer lo que pasó y quién ideó lo que pasó y nosotros vamos a defender que se conozca la verdad y que los españoles podamos conocer la verdad, pos supuesto. Y vamos a seguir defendiendo el respeto y la dignidad de víctimas como principio ético en nuestra lucha contra el terrorismo y también para garantizar el derecho que tenemos todos a conocer la verdad de lo que pasó el 11 de marzo, por descontado.
Nosotros lo que queremos es saber la verdad del acontecimiento más trágico que ha sufrido nuestro país y han sufrido los españoles en nuestra historia reciente. Y creo que eso es obligación, no sólo de un partido político, también la obligación de un Gobierno y es la obligación de cualquier político responsable querer saber la verdad. Los ciudadanos lo que quieren es saber la verdad."
El PSOE lamenta que el PP vuelva a "enarbolar la teoría de la cospiración del 11-M"
"La nueva secretaria general del PP sigue buscando a ETA desesperadamente tras los atentados del 11-M", afirma Hernando
Servimedia
El portavoz del PSOE en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, Antonio Hernando, lamentó hoy que al PP le haya "faltado tiempo para enarbolar nuevamente la teoría de la conspiración del 11-M".
"Al PP le ha durado la renovación tres días", dijo Hernando en referencia a las declaraciones de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, en una entrevista en la cadena Cope, en las que señaló que la sentencia del 11-M no cierra la autoría intelectual de este atentado y pidió conocer la verdad, según informó el PSOE.
"La nueva secretaria general del PP", añadió, "sigue buscando a ETA desesperadamente tras los atentados del 11 de marzo, y lo más grave de todo es que Cospedal ni acepta ni asume la sentencia del 11-M".
El dirigente socialista aseguró que con sus palabras "Cospedal vuelve a defender la conspiración en el 11-M y las tesis de la derecha más extrema dentro del PP que creíamos superadas".
24/6/08
Arenas rectifica tras ser censurado por la AVT por afirmar que "el 11-M no está entre las preocupaciones de los españoles"
Señala ahora que "hay asuntos por aclarar del 11-M en el futuro"
24-06-08
Javier Arenas, tras su nombramiento como vicesecretario territorial del PP, en su primera entrevista concedida a EL PAÍS al ser preguntado sobre la estrategia del PP en la pasada legislatura sobre el 11-M señalaba hace unas horas:
"Creo que muchos españoles exigían que se aclarara todo, pero me parece que es positivo que nos centremos en las cuestiones que más le preocupan a los españoles y me parece que el 11-M no está entre las preocupaciones de los españoles, sin perjuicio de que nunca nos recuperaremos de esa tragedia monumental que tanto nos ha afectado política y humanamente."
Solo un día después, el dirigente popular se ha visto obligado a emitir un comunicado tras ser requerido por la AVT para que rectificará sus palabras. Arenas señala ahora que lo que él quiso expresar es que "había que centrarse en la primera preocupación de los españoles que es la crisis económica" y que "hay asuntos por aclarar del 11-M en el futuro, a los que dará respuesta la investigación política, judicial y periodística".
La AVT, por su parte, ha dado a conocer un nuevo comunicado para agradecer su rectificación.
Gallardón: "Funcionó la Justicia y se condenó a los culpables"
24-06-08
Alberto Ruiz Gallardón, por su parte, durante su intervención en un chat organizado por el diario digital elmundo.es tras ser preguntado sobre la necesidad de reabrir la investigación del 11-M ha asegurado en clara contradicción con las tesis que parte de su partido ha venido mantenido durante la pasada legislatura que:
"En un Estado de Derecho es a los jueces y tribunales a quienes corresponde juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. El Partido Popular durante sus últimos días de Gobierno puso a disposición de los jueces todos los elementos de investigación que permitieron llegar a la sentencia del 11-M. Funcionó la Justicia y se condenó a los culpables".
6/6/08
El Supremo celebrará el 30 de junio la vista de los recursos del 11-M
La sentencia de la Audiencia Nacional impuso penas de entre 3 años y 42.924 años a veintiuno de los veintiocho procesados
06-06-08 - EFE
El Tribunal Supremo celebrará el próximo día 30 la vista de los recursos de los condenados por los atentados del 11-M contra la sentencia de la Audiencia Nacional que impuso penas de entre 3 años y 42.924 años a veintiuno de los veintiocho procesados.
Según una providencia hecha pública hoy, la Sala de lo Penal del alto tribunal ha declarado concluso el procedimiento y ha decidido que la Sala que verá los recursos esté presidida por Juan Saavedra e integrada además por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela.
Contra la sentencia que la Audiencia Nacional dictó el 31 de octubre de 2007, que absolvió a 7 de los procesados, han presentado recurso el Ministerio Fiscal, las asociaciones 11-M Afectados por el Terrorismo y de Ayuda a las Víctimas del 11-M, varias víctimas particulares y los 21 condenados.
Mohamed el Egipcio
La sentencia recurrida condenó, tras el juicio que se celebró entre el 15 de febrero y el 2 de julio de 2008, a Jamal Zougam y a Otman El Gnaoui como autores de 191 asesinatos consumados, 1.856 asesinatos en grado de tentativa y 4 delitos de estragos terroristas, mientras que absolvió, entre otros, a Rabei Osman El Sayed, Mohamed el Egipcio.
En su recurso, la Fiscalía ha solicitado a la Sala Segunda que condene a Mohamed el Egipcio a 10 años de prisión por el delito de pertenencia a organización terrorista del que fue absuelto.
La Fiscalía del Supremo defenderá en la vista de próximo día 30 que el tribunal que presidió Javier Gómez Bermúdez "aplicó indebidamente" el criterio de cosa juzgada -no condenar dos veces por el mismo delito- para absolver a el Egipcio, quien ha sido condenado en Italia por el delito de integración a 8 años de cárcel.
Además, el Ministerio Público pedirá al TS que estime parcialmente los recursos de Hamid Ahmidan y Hassan El Haski, y que suprima una multa impuesta al primero y rebaje en un año la condena del segundo.
En el escrito de 466 folios presentado al alto tribunal, el fiscal solicita que se desestime el resto de los recursos presentados por las defensas y por las acusaciones.
Por su parte, la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo que preside Pilar Manjón impugnará ante el alto tribunal las condenas de 5 de los 28 acusados y la absolución de otros 3.
En concreto, ha recurrido las absoluciones de El Egipcio y las de Antonio y Carmen María Toro, a los que se les imputaron los delitos de asociación ilícita y tráfico de explosivos, así como las condenas de Rafa Zohuier, al que la Audiencia Nacional le impuso una pena de 10 años de prisión; Hassan El Haski, de 15; Youssef Belhadj, de 12; Fouad El Morabit, también de 12, y Abdelmajid Bouchar, de 18, al estimar que deben ser aumentadas.
La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M , que preside Ángeles Domínguez, sólo ha recurrido la parte correspondiente a las indemnizaciones que el tribunal concedió a las víctimas, ya que consideran que algunas cuantías no son suficientes.
5/6/08
El Supremo resolverá los recursos de casación contra la sentencia del 11-M antes de que alguno de los condenados pueda ser excarcelado
La vista pública de los 31 recursos se celebrará en la primera semana de julio y el fallo podría conocerse antes de agosto
4-06-08 - A.Torices (Colpisa)
El Tribunal Supremo ha tomado todas las precauciones para poder declarar firme la sentencia del 11-M antes de que alguno de los 21 condenados por participar en los atentados más graves ocurridos en Europa agote la estancia máxima en prisión provisional y sea excarcelado, según confirmaron fuentes jurídicas.
El tribunal tiene previsto celebrar en la primera semana de julio las vistas públicas de los 31 recursos de casación presentados por acusaciones y defensas contra la sentencia que dictó la Audiencia Nacional, en noviembre pasado, que condenó a 21 de los 28 acusados. Las mismas fuentes comentaron que, acabadas las vistas, los magistrados comenzarán las deliberaciones y el fallo podría conocerse antes de las vacaciones judiciales de agosto. En cualquier caso, siempre antes del 14 de septiembre, fecha en la que tendría que salir de la cárcel el primero de los condenados por haber agotado el plazo máximo de encarcelamiento provisional.
El marroquí Abdelilah Fadual el Akil, condenado a nueve años de prisión por colaborar con la célula que asesinó a 191 pasajeros de cuatro trenes de cercanías, es el que tiene más cerca el fin del plazo de prisión preventiva. El 14 de septiembre cumpliría cuatro años y medio en la cárcel y la ley indica que nadie puede seguir en prisión a la espera de sentencia firme más de la mitad del tiempo de condena que le impuso el tribunal de primera instancia.
Las fechas exactas de las vistas se conocerán en los próximos días, cuando el tribunal, compuesto por cinco magistrados y presidido por Juan Saavedra, el presidente de la Sala de lo Penal, dicte la providencia correspondiente. Todo apunta a que los recursos se discutirán a lo largo de tres jornadas en la semana que va del 30 de junio al 4 de julio.
Los recursos
Las acusaciones tratarán de convencer al tribunal de que aumente la pena de siete de los condenados por entender que su participación en los asesinatos es mayor que la recogida en la sentencia de la Audiencia Nacional. También pedirán la condena de tres de los absueltos. Las absoluciones impugnadas son las de Carmen y Antonio Toro, ex mujer y ex cuñado del minero que proporcionó los explosivos a los terroristas, y la de Rabei Osmán el Sayed, ‘Mohamed el Egipcio’, el islamista que no recibió pena alguna por haber sido ya condenado en Italia por pertenecer a la misma célula yihadista.
Las acusaciones particulares quieren agravar las condenas de quienes creen los principales implicados vivos en la masacre, como Hassan el Haski, Youssef Belhadj, Abdelmajib Bouchar o Fouad el Morabit. La Fiscalía sólo pide que se condene a diez años de cárcel a Mohamed el Egipcio y apoya el aumento de la indemnización reclamado por siete de los heridos en los atentados, para los que informes médicos posteriores han aumentado sus lesiones y dolencias.
El resto de recursos pertenecen a las defensas de los 21 condenados y de tres de los absueltos, que piden que se declare o se mantenga la absolución de sus clientes.
1/6/08
Teoría de la conspiración. Punto final
01-06-07 - Hugo F. Silberman (elplural.com)
Ironías del destino, uno de los mayores instigadores de la teoría de la conspiración del 11M es el que, con su patética y solitaria figura arrumbada en el banquillo de los acusados de un Juzgado Penal de Madrid pone el punto y final a uno de los episodios más tristes y dolorosos vividos por la sociedad española.
Hace dos años el locutor Federico Jiménez Losantos se refirió al alcalde de Madrid con frases del siguiente tenor: "Lo repito, alcaldín, 200 muertos, 1.500 heridos y un golpe brutal para echar a tu partido del Gobierno. Te da igual, Gallardón, con tal de llegar tú al poder". “El alcalde de Madrid no quiere saber quién mata a la gente de 200 en 200 en su ciudad". "Como lleva dos meses dispuesto a llegar a La Moncloa como sea, como Zapatero, como sea, pues está dispuesto a llegar como sea también por
encima de los 192 muertos". Ante semejantes acusaciones Alberto Ruiz Gallardón interpuso una querella criminal por injurias cuya vista tuvo lugar el pasado 28 de mayo.
La defensa del locutor llamó a testificar, en apoyo a la “veracidad” de sus afirmaciones a quienes fueron sus socios, cómplices y portavoces en la sociedad, medios de comunicación, parlamento e instituciones, entre los que se encontraban el director del diario El Mundo, el ex director de La Razón, Francisco José Alcaraz ex presidente de la AVT y los políticos Esperanza Aguirre, Eduardo Zaplana y Ángel Acebes.
La teoría de la conspiración, como elemento de desgaste y deslegitimación del Gobierno contó, además de los políticos y periodistas ya nombrados con el beneplácito de toda la dirección del Partido Popular, incluido su presidente Mariano Rajoy, si no fuera así, este no habría permitido e impulsado las centenares de preguntas al gobierno o las intervenciones de sus portavoces en sede parlamentaria, o pedido la nulidad de la instrucción, o una vez dictada sentencia seguir reclamando, en línea con los medios conspiranoicos la investigación para llegar a los “autores intelectuales”, o participado en manifestaciones junto a los “peones negros”.
Todo el Partido Popular, por activa, y el alcalde de Madrid por pasiva, participaron en la conjura, si bien este -el más inteligente de todos- mientras apelaba a confiar en la justicia, nunca alzó su voz para oponerse, criticar, desmarcarse o desmentir la vileza propagada durante tres años y medio por su partido. Es verdad que una vez dictada sentencia la aceptó sin reserva alguna.
La defensa de Losantos argumentaba que respecto a los atentados del 11M el alcalde madrileño no seguía la línea de su partido y para confirmarlo acudió al testimonio de Esperanza Aguirre, Eduardo Zaplana y Ángel Acebes y ¡oh sorpresa! Todos ellos afirmaron que no existió diferencia alguna entre el alcalde y el PP, una manera de desmarcarse de los conspiranoicos.
Primero la sentencia y luego las elecciones del 9M acabaron con la elucubración de la participación de ETA, policías, guardias civiles, PSOE y servicios secretos extranjeros en la mayor matanza terrorista que conoce Europa, y como estrategia política del Partido Popular para llegar al poder. Los testigos políticos del locutor- sin autocrítica ni disculpas- dieron carpetazo a tan infame teoría. Solo quedan los irreductibles, y Pedro José Ramírez no se sabe hasta cuando.
La imagen del inquisidor con sus tics y su soledad en el banquillo me trajo a la memoria, por su conducta y perfil psicológico, a Philip Francis Queeg, el autoritario, paranoico y cobarde capitán de la fragata US Caine (El motín del Caine. Edward Dmytryk. 1954), solo le faltó las esferas de acero en sus nerviosas manos.
29/5/08
Esperanza Aguirre admite que la línea oficial del PP sobre el 11-M era apoyar 'las investigaciones periodísticas'
Aguirre, Zaplana y Acebes consideran ahora que Gallardón seguía la línea oficial del PP en el 11-M
28-05-08 - ABC
El juicio contra el locutor de la cadena Cope Federico Jiménez Losantos, acusado por el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, y la Fiscalía de un delito de injurias graves y continuadas hacia el primer edil arrancó ayer en el Juzgado de lo Penal seis de la capital con un desfile de testigos propuestos por la defensa.
El primero en declarar en la vista oral fue el acusado, quien se ratificó en que Ruiz-Gallardón «no quiso participar en ningún tipo de averiguaciones» sobre el 11-M. «Tengo la convicción moral de que Gallardón quería que no se investigara o investigar lo justo», manifestó. Según el locutor, cuando profirió las presuntas descalificaciones contra el alcalde lo hizo con la idea de «buscar justicia para las víctimas».
Sin embargo, el regidor del PP desmintió a continuación ante la juez Inmaculada Iglesias estas tesis y señaló que la afirmación de Losantos hacia él «Te da igual que haya 200 muertos», se trata de «lo más grave, injurioso y ofensivo que me han dicho nunca». Asimismo, Gallardón relató cómo «vi morir en Atocha a muchas personas, estuve con las familias en Ifema. La persona que me ha traído hoy vivió la angustia al pensar que su hermana estaba entre los muertos; al final resultó estar». Preguntado sobre unas manifestaciones en el Foro ABC-Deloitte del 7 de junio de 2006, donde, según la defensa, se apartó de la dirección del PP al llamar a sus dirigentes a «obviar» la investigación del 11-M, el alcalde señaló: «Apoyé la política de mi partido y defendí la investigación de los jueces y los tribunales».
Le siguió en el turno el ex presidente de la AVT Francisco José Alcaraz quien dijo que aquella intervención del primer edil causó «molestia» entre las víctimas y «no benefició» a una manifestación convocada para días después. No obstante, Alcaraz matizó, a preguntas de la acusación particular, que «no presencié el discurso de Gallardón», tras lo que apuntó: «El alcalde sí acudió a la manifestación». Acto seguido, aportó su testimonio el director de «El Mundo», Pedro J. Ramírez, y el ex de «La Razón» José Alejandro Vara, actual responsable editorial de Medios Nacionales de Vocento.
Antes de que el eurodiputado del PP Luis Herrero cerrara la sesión matutina, el ex portavoz popular en el Congreso Eduardo Zaplana dijo que Gallardón participó, junto a otros líderes del PP, en la definición de la dirección a seguir en torno al 11-M: «Esclarecer los hechos». La vista se reabrió de la tarde con el secretario general del PP Ángel Acebes que contó cómo en los maitines Ruiz-Gallardón «esencialmente no» disentía de la línea del PP sobre el 11-M, «aunque hubiera algún matiz en varias ocasiones».
Interrogado sobre qué dijo el alcalde el 7 de junio de 2006, manifestó que éste propuso «mirar hacia el futuro». Por su parte, la presidenta de la Comunidad Madrid, Esperanza Aguirre, tras declarar ante la juez que durante la investigación ella apoyó a «las fuerzas de Seguridad del Estado, a los jueces y fiscales y a las investigaciones periodísticas», dijo no recordar que Ruiz-Gallardón quisiera «obviar» el 11-M y repitió que el regidor madrileño se refirió a «mirar hacia el futuro».
Al término de la vista, que se reanudará el 4 de junio, Losantos afirmó que lo vivido dentro «ha sido un ejercicio de manipulación y caradura total». Horas más tarde, Aguirre subrayó en Ifema que Gallardón es el acusador y dijo que ella «habría agotado otros medios» como el derecho de réplica antes de ir a «procesos penales». Losantos se enfrenta a una multa de 72.000 euros que pide el fiscal y a la de 400 euros diarios durante 14 meses que reclama la acusación particular.
Aguirre equipara las investigaciones periodísticas del 11-M con las de los GAL
Europa Press
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, subrayó hoy que la postura oficial del Partido Popular sobre el 11-M consistía en tres puntos: 'Apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, apoyo a los jueces y fiscales y apoyo a las investigaciones periodísticas'.
En declaraciones a Europa Press, Aguirre subrayó, tras comparecer ante el juzgado número 6 de lo Penal de Madrid, que en su testifical los abogados se limitaron a preguntarle cuál era la postura oficial de su partido respecto a las investigaciones de los atentados de Madrid. En este sentido, recordó cuáles eran las bases de la argumentación del PP, pero destacó el especial el valor de las investigaciones periodísticas en un país en el que éstas descubrieron el escándalo del GAL.
Para Aguirre, la posición del PP reposaba precisamente en este respaldo a la investigación de los medios sobre el origen del 11-M, a diferencia de los que consideraban este empeño 'crispación'.
6/5/08
Hasta la vista
Poco a poco, los pronósticos se van cumpliendo.
Las responsabilidades políticas, 4 años después, se van depurando. Han desaparecido del mapa político los responsables de la gestión previa y posterior a los atentados del 11 de marzo de 2004: Aznar; Ana Palacio; y recientemente, dos de los más significados portavoces de aquellos días: Zaplana y Acebes. Aun falta esperar por Mariano Rajoy.
Continúan las buenas noticias, el Tribunal Supremo tiene previsto celebrar en julio la vista de los recursos de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional y prosiguen los procesos contra Abdelilah Hriz o Moutaz Allmallah. Resulta, no obstante, un tanto frustrante que la fiscalía únicamente recurra la absolución de Rabei Osman pero no las condenas de Abdelmajid Bouchar, Hassan el Haski o Youssef Belhadj, entre otros.
Igualmente, han caído en desgracia los promotores activos de la Teoría de la Conspiración que contaminó gran parte de la pasada legislatura, humillando a víctimas y afectados por los atentados y lucrando a miserables autodenominados "periodistas de investigación". Retiradas como las de Alicia Castro o Jaime Ignacio del Burgo o múltiples querellas criminales contra altavoces periodísticos son dignas de celebración.
Hay razones para sentirse satisfechos. Hasta la vista, Zaplana, Acebes.
1/5/08
La Fiscalía del Supremo se opone a los recursos de las acusaciones y solo recurre la absolución de El Egipcio
30-04-08 - Europa Press
El escrito, de 465 páginas, revisa a la baja los argumentos defendidos los fiscales de la Audiencia Nacional durante el juicio
La Fiscalía del Tribunal Supremo hizo hoy público el texto íntegro de su recurso contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional por los atentados del 11-M, que consta de 465 páginas. Únicamente recurre la absolución de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed el Egipcio', aunque ya no le considera 'cerebro' de la masacre, y además impugna la práctica totalidad de los motivos esgrimidos en sus respectivos escritos por las diferentes acusaciones particulares y las defensas.
El fiscal estima únicamente parte de los argumentos presentados por la asociación de víctimas presidida por Pilar Manjón y otra de las partes para recurrir la absolución de Rabei Osman, así como dos motivos de corte menor alegados por las defensas de Hamid Ahmidan (condenado a 23 años de cárcel por pertenencia a banda armada y tráfico de drogas) y Hassan El Haski (acusado de ser uno de los instigadores y finalmente condenado a 15 años de prisión por integración terrorista).
El Ministerio Público apoya igualmente determinados cambios referidos al tipo de indemnización que corresponde cobrar a siete de las víctimas de la matanza, todos ellas representadas por la asociación de Manjón. El motivo es que, en algunos casos, no se habían actualizado los informes médicos de los afectados.
Por lo que se refiere al resto de condenados y absueltos, llama la atención que la Fiscalía del Supremo revise a la baja la práctica totalidad de los argumentos esgrimidos durante el juicio por la fiscal Olga Sánchez, dando por buenos las explicaciones de la sentencia respecto a la participación o no de cada uno de los procesados por la masacre.
Para la mayoría de ellos, en especial de los acusados como inductores y los absueltos, el fiscal no encuentra ahora pruebas que sustenten sus acusaciones iniciales, por lo que señala que los recursos interpuestos por las diferentes acusaciones particulares al respecto deben desestimarse.
"EL EGIPCIO"
Con respecto a Osman El Sayed, el fiscal únicamente coincide con la Asociación de Afectados por terrorismo 11-M, presidida por Manjón, en que la Audiencia Nacional aplicó de forma indebida la excepción de cosa juzgada por la condena que le fue impuesta en Italia, donde deberá cumplir 8 años por pertenencia a organización terrorista.
Alega, al igual que la acusación de Manjón, que dicha resolución no era firme en el momento en que se juzgó al acusado en España, por lo que no debería haber sido absuelto.
No obstante, el fiscal no cree que exista una falta de identidad objetiva entre los hechos enjuiciados en Italia y los que han sido objeto de juicio en la Audiencia Nacional, y acusa a la asociación de víctimas de presentar "una visión personalista de la llamada 'yihad islámica internacional' (...) que carece de sustento probatorio alguno".
Para justificar esta crítica, la Fiscalía recuerda que la sentencia dictada en Italia contra Rabei Osman hace alusión a su papel de "organizador del grupo terrorista responsable de los atentados de Madrid" y encargado de coordinar "las células terroristas operativas en varios países europeos, como por ejemplo Bélgica, Francia, España y extra-europeos".
Añade el fiscal que, a pesar de compartir con la Asociación de Manjón su opinión sobre la "extraordinaria gravedad de los hechos" del 11-M, "no se puede sostener, mezclando diferentes imputaciones delictivas, que se vulnera el principio de proporcionalidad" con respecto a este acusado.
Por esta razón, en su recurso ante el Supremo el fiscal tan sólo pide la condena de 'El Egipcio' a un máximo de 10 años de cárcel por integración terrorista, si bien durante el juicio se pidieron para él 38.962, en calidad de dirigente de la célula terrorista.
Así, el fiscal del Supremo considera ahora que el razonamiento que llevó a la Audiencia Nacional a considerar que no había pruebas suficientes para condenar a Rabei Osman como inductor "no es arbitrario o irracional, y responde a las reglas de la máxima y la experiencia". Es decir, considera que no hay pruebas suficientes para condenarle como organizador de la matanza.
APOYOS PARCIALES
Con respecto a Hamid Ahmidan, la Fiscalía apoya parcialmente el recurso de su defensa en lo referido a la multa que se le impuso en relación con la pena de 10 años de cárcel por tráfico de drogas. Dice el fiscal que no aparece en la sentencia la valoración de dichas sustancias a efectos de fijar la cuantía de la citada multa, por lo que debe ser eliminada.
Por lo que se refiere a El Haski, el fiscal apoya que se le rebaje en una año su pena -que se le condene 14 años por pertenencia a banda armada- porque la inicialmente impuesta de 15 años es superior a la máxima prevista legalmente para este tipo de condena.
IMPUGNACIONES
A lo largo de las 465 páginas que ocupa este escrito, la Fiscalía va rechazando uno a uno los motivos esgrimidos por las diferentes acusaciones particulares para recurrir tanto las absoluciones como las condenas dictadas por la Audiencia Nacional contra los autores del 11-M.
Con respecto a Antonio Toro, que resultó absuelto (la fiscal Olga Sánchez pidió 23 años para él durante el juicio), el fiscal reconoce que es un criminal que trafica con explosivos -ya sufre condena por el "caso Pipol"-, pero rechaza que pueda considerársele coautor ni cooperador necesario en los atentados, porque no conocía siquiera la actividad de la organización terrorista islámica "y desde luego no propició con su actividad ni el delito de estragos ni los atentados criminales".
Sobre Rafá Zouhier -condenado a 10 años de cárcel como colaborador, pero para quien la fiscal Sánchez pidió 38.968 por todas los muertos y heridos en los trenes-, la Fiscalía defiende ahora que no hay base para condenarle porque no le consta que conociera la acción criminal completa que habían planeado llevar a cabo aquellos a quienes facilitó el acceso a la dinamita. Añade que lo que sí conocía era su "radicalismo".
El escrito analiza igualmente lo señalado en la sentencia respecto del resto de condenados, para señalar que, una vez analizada la sentencia dictada por la Audiencia Nacional el pasado 31 de octubre, del análisis de la prueba no pueden derivarse conclusiones diferentes a las que llegó el tribunal que puedan hacerse valer en un recurso de casación, teniendo en cuenta la doctrina del propio Tribunal Supremo.
RESPONSABILIDADES CIVILES
En relación con el recurso presentado por la Asociación 11 de Marzo-Afectados por el Terrorismo, que preside Pilar Manjón, la Fiscalía únicamente apoya las alegaciones presentadas por siete de los 96 lesionados.
Según fuentes de la asociación consultadas por Europa Press, las reclamaciones se deben a que los afectados no fueron incluidos en los módulos indemnizatorios que les correspondían sino en otros de inferior cuantía porque no se tuvieron en cuenta los últimos informes médicos de que disponían o porque sus secuelas fueron reconocidas por mutuas contratadas por los Ministerios de Defensa e Interior y no por la Audiencia Nacional.
Para la Fiscalía, la traba fundamental para estimar el recurso es "la falta de idoneidad" de los informes médicos necesarios para producir "la modificación pretendida, en los casos en los que se interesa que se consigne en el relato de hechos probados la declaración de una incapacidad permanente parcial, total o absoluta".
20/4/08
La fiscalía del Tribunal Supremo solicita que Rabei Osman cumpla de 4 a 7 años suplementarios en España
La junta de fiscales decidió por nueve votos a siete no apoyar los recursos de la acusación contra las condenas a Bouchar y Zouhier
19-04-08 - Europa Press
La Fiscalía del Tribunal Supremo defiende que Rabei Osman El Sayed, alias "Mohamed El Egipcio" que este acusado --a quien el Ministerio considera ideólogo de los atentados del 11 de marzo en Madrid-- debería cumplir en España una pena de entre 4 y 7 años por pertenencia a organización terrorista que se sumarían a la condena que ya cumple en Italia, de 8 años, por este mismo delito, según se desprende del recurso presentando por el fiscal ante el alto tribunal, hecho público ayer.
El fiscal de la Sala de lo Penal destaca en su recurso ante el Supremo que, en su opinión, la consecuencia de un doble enjuiciamiento por los mismos hechos en diferentes jurisdicciones para un mismo acusado no debe ser "la absolución en el segundo proceso". Así, defiende que el tribunal español debería haber condenado a "Mohamed El Egipcio" y, posteriormente, realizar un cómputo de la pena impuesta por la jurisdicción italiana.
"La consecuencia del doble enjuiciamiento por los mismos hechos en diferentes jurisdicciones no es la absolución en el segundo proceso sino el cómputo en éste de las penas impuestas por la primera jurisdicción nacional que haya conocido de los hechos", dice textualmente el escrito.
Se da el caso de que el tribunal del 11-M estableció para aquellos acusados condenados por pertenencia a organización terrorista penas de 12 años de prisión salvo en el caso de Hassan El Haski, considerado dirigente, cuya pena asciende a los 15 años. La resolución estableció estas condenas a pesar de que la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitaba para los tres acusados considerados "autores intelectuales" de los atentados --Youssef Belhadj, El Haski y el propio "Mohamed El Egipcio"-- penas de 38.952 años.
En aplicación de la teoría fijada por la Fiscalía del alto tribunal en su casación "Mohamed El Egipcio" debería ser condenado y cumplir por tanto en las prisiones españolas una pena suplementaria a la italiana de entre 4 y 7 años.
"NON BIS IN IDEM"
Los tres magistrados que juzgaron a los procesados por los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid aplicaron en su resolución "la excepción de cosa juzgada".
El Ministerio Público defiende que esta aplicación se realizó de forma indebida dado que la condena que pesa sobre Rabei Osman en Italia, donde deberá cumplir 8 años por pertenencia a organización terrorista, aún no era firme en el momento en que se juzgó al acusado lo que invalida en su opinión la aplicación del principio conocido como "non bis in idem" que impide castigar doblemente por un mismo delito.
El tribunal que enjuició los atentados justificó esta absolución tras hacer pública la sentencia --en octubre de 2007-- argumentado que, a pesar de que no albergaba "duda alguna de la pertenencia de este procesado a las redes terroristas internacionales de tipo yihadista", "Mohamed El Egipcio" ya fue condenado en noviembre de 2006 en Italia por un delito de pertenencia a organización terrorista.
Osman El Sayed fue condenado en primera instancia a 10 años de prisión por pertenencia en Italia, pena que quedó reducida posteriormente a 8 años, después del fallo emitido por el Tribunal de Apelación de Milán. Esta última condena podría recurrirse aún ante el Tribunal Supremo Italiano.
"No siendo firme la sentencia de Primera Instancia del Tribunal de Milán ni siquiera puede establecerse equiparación, ni equivalencia delictiva, como erróneamente recoge la sentencia", dice el fiscal.
El fiscal del Supremo desiste de pedir mayores penas para Bouchar y Zouhier
21-04-08 - Julio M. Lázaro (EL PAÍS)
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha decidido no apoyar ninguno de los principales recursos de casación interpuestos por las acusaciones particulares contra la sentencia del 11-M, según un informe que está ultimando y que hará público la próxima semana. En concreto, no apoyará los recursos que piden que Abdelmajid Bouchar, el terrorista que escapó corriendo del piso de Leganés, sea considerado autor material de los atentados, ni el que considera al confidente Rafá Zouhier como cooperador necesario por suministrar los explosivos de los trenes. Según fuentes de la Fiscalía del Supremo, aunque la decisión "no es oficial todavía, la idea es no apoyar".
La Fiscalía del Tribunal Supremo aduce razones de orden técnico para impugnar los recursos de las acusaciones, aunque casi la mitad de los fiscales de la junta de sección apostaban por apoyar que Bouchar y Zouhier sean condenados como coautores de los hechos a los 38.950 años que pidió para cada uno el fiscal de la Audiencia Nacional.- Sólo está previsto apoyar los recursos de algunas de las víctimas cuyos abogados piden que se eleven las indemnizaciones que se les concedieron en la sentencia del 11-M.
19/4/08
La fiscalía del Tribunal Supremo recurre la sentencia del 11-M y pide que se condene a 'Mohamed El Egipcio'
19-04-08 - Nieves Colli (ABC)
La Fiscalía del Tribunal Supremo presentó ayer un recurso contra la absolución de Rabei Osman «El Egipcio» por su participación en los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid, tal y como adelantó ABC en su día. El Ministerio Público había solicitado 38.656 años de prisión para este individuo, a quien considera inductor de la matanza y a quien acusa por pertenecer a una organización terrorista, por 191 asesinatos consumados, 1.824 asesinatos en grado de tentativa y por cuatro estragos terroristas.
En la sentencia dictada el pasado 31 de octubre, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional consideraba probada la pertenencia de «El Egipcio», junto con los ocupantes del piso de Leganés (que se suicidaron al verse acorralados por la Policía), a «células o grupos terroristas de tipo yihadista que, (...) mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria».
En varias conversacciones -telefónicas y medioambientales- mantenidas con su discípulo Yahia, «El Egipcio» se autoinculpó haciendo de los atentados del 11-M un proyecto suyo. También afirmó que algunos de los autores de los atentados eran de su grupo.
Pese a considerar probada la integración de Rabei Osman en un grupo terrorista islamista, la Audiencia Nacional le absolvió por entender que debía beneficiarse del principio «non bis in idem», principio según el cual ninguna persona puede ser juzgada dos veces por un mismo delito. Y ello porque «El Egipcio» ha sido juzgado y condenado en Italia por pertenencia a organización terrorista antes de que comenzara en Madrid el juicio por el 11-M.
La Fiscalía asegura en su recurso ante la Sala Segunda del Supremo que la Audiencia Nacional aplicó de forma equivocada el principio de cosa juzgada y, en consecuencia, absolvió a Rabei Osman cuando en realidad debía haberle condenado.
Argumenta el fiscal que en el caso de «El Egipcio» no se dan los requisitos para que pueda aplicarse el «non bis in idem» puesto que la sentencia dictada por el Tribunal de lo Penal de Milán aún no es firme (cuando la Audiencia Nacional dictó la del 11-M, la de la justicia italiana estaba pendiente de un recurso de apelación). La ausencia de firmeza impide, según el fiscal, hablar de cosa juzgada al no poderse afirmar «la existencia de una posible doble condena por los mismos hechos».
Para reforzar su tesis, el Ministerio Público cita jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos así como del Tribunal Constitucional y recuerda cómo regula el acuerdo de Schengen el principio de cosa juzgada.
El citado convenio impone nuevas condiciones para el doble enjuicimiento. Así, establece que una persona no podrá ser perseguida por los mismos hechos «siempre que, en caso de condena, se haya ejecutado la sanción, se esté ejecutando o no pueda ejecutarse ya (art. 54)». Y en su artículo 56 precisa que, si se hubiera dictado ya una sentencia firme, de la segunda condena deberían descontarse «los periodos de privación de libertad que se hubieran cumplido».
Por lo tanto, concluye el fiscal en su recurso, según el convenio de Schengen, «la consecuencia del doble enjuiciamiento por los mismos hechos en diferentes jurisdicciones no es la absolución en el segundo proceso sino el cómputo en éste de las penas impuestas por la primera jurisdicción nacional que haya conocido de los hechos».
12/4/08
El Supremo adelanta a julio la vista de los recursos del 11-M
12-04-07 - José Yoldi (EL PAÍS)
La Sala Segunda del Tribunal Supremo tiene previsto celebrar antes de las vacaciones de verano, casi con seguridad en el mes de julio, la vista de los recursos de casación interpuestos por el fiscal, las acusaciones y las defensas contra la sentencia de la Audiencia Nacional por los atentados del 11-M, según informaron fuentes del alto tribunal.
El Supremo sabe que en caso de que no haya sentencia firme el 14 de septiembre, deberá poner en libertad a uno de los procesados que se encuentra en prisión preventiva, Abdelilah el Fadual el Akil, que fue condenado a nueve años de prisión por delito de colaboración con organización terrorista. En esa fecha se cumplirían los cuatro años y medio de prisión preventiva, es decir, la mitad de la pena a la que fue condenado y que ha sido recurrida, por lo que el tribunal estaría obligado a ponerlo en libertad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Por ello, es necesario que la vista de los 31 recursos presentados contra la sentencia se celebre en julio, para que, tras las correspondientes deliberaciones, el ponente pueda redactar la sentencia en agosto y principios de septiembre.
El fiscal apoya
El fiscal únicamente presentó recurso de casación contra la absolución de Rabei Osman, Mohamed El Egipcio. La sentencia afirmaba que existían indicios para condenar a El Egipcio por pertenencia a banda terrorista, pero agregaba que ya estaba condenado en Italia por los mismos hechos. Pero lo cierto es que El Egipcio no fue condenado en firme en Italia, sino que la pena inicial de 10 años de prisión fue rebajada a 8 años y también ésta ha sido recurrida. Además, el fiscal consideraba que la banda terrorista en la que El Egipcio estaba integrado en Italia era diferente de la célula española autora de los atentados del 11-M.
Otras acusaciones que recurrieron la absolución, lo hicieron por entender que debía ser considerado inductor de los atentados. La Asociación de Víctimas del Terrorismo, que criticó duramente la sentencia, ni siquiera la ha recurrido.
Fuentes de la fiscalía han señalado que es muy probable que apoyen algunos de los recursos presentados por otras acusaciones y, entre ellos, destacan dos: el relativo a que Abdelmajid Bouchar sea considerado autor material de los atentados, ya que su ADN fue encontrado en el piso de Leganés y en la casucha de Chinchón; y el que considera al confidente Rafá Zouhier como autor por cooperación necesaria en los atentados.
4/4/08
Aplazan el juicio en Marruecos contra Saad Hussaini, posible artificiero del 11-M y del atentado de Casablanca
Saad Hussaini, Abdelilah Hriz y Hicham Ahmdidan podrían ser juzgados en Marruecos
04-04-08 - AFP
El juicio del presunto artificiero de los atentados perpetrados en 2003 en Casablanca y en 2004 en Madrid, fue aplazado hasta el 15 de mayo después de su apertura este jueves en Salé, cerca de Rabat, constató un periodista de la AFP.
La policía y los bomberos trabajan en el escenario de una de las explosiones del 11 de marzo de 2004, en la estación de Atocha de Madrid.
Saad Hussaini, de 38 años de edad, comparecía junto a otros 18 acusados, pero la corte decidió aplazar el proceso después de que la defensa pidiera más tiempo para preparar sus alegaciones.
Saad Hussaini, que vivió en España, fue detenido en marzo de 2007 en Casablanca e interrogado a finales de 2007 en Marruecos por el juez español Juan del Olmo, instructor del sumario abierto tras los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid que causaron 191 muertos y más de 1.800 heridos.
Del Olmo lo interrogó por sus presuntos vínculos con los atentados de Madrid atribuidos a una célula yihadista del Grupo Islámico de Combatientes Marroquíes (GICM) cercana a la red terrorista Al Qaeda.
Hussaini es sospechoso de ser el jefe de la comisión militar del GICM y en España de haber sido el que 'fabricó los explosivos utilizados en los atentados de Madrid' contra cuatro trenes suburbanos.
En Marruecos, Hussaini está acusado de 'afrenta a la seguridad interior del Estado' y 'constitución de organización criminal para preparar y cometer actos terroristas'.
'Hussaini es inocente y no tiene nada que ver con los atentados de Casablanca ni con los de Madrid', sostuvo su abogado defensor.
En los atentados de Casablanca murieron 45 personas.